El partido
político local Vecinos por Algete sigue esperando respuesta a sus preguntas
sobre el contrato menor de comunicación institucional en el Ayuntamiento de
Algete y que no fueron respondidas en el pasado pleno ordinario del mes de
agosto a pesar de haber sido registradas previamente por escrito el pasado 16
de agosto.
En concreto,
Sergio Velasco, portavoz del Grupo Municipal de Vecinos por Algete preguntó si
se habían seguido las Normas de Contratación Menor (medida anti-fraude y de
lucha contra la corrupción implantada por el Ayuntamiento de Algete en 2020) en
lo relativo a los tres presupuestos mínimos con los que debe contar cualquier
contratación menor en su expediente y por la ausencia de la oferta en el Perfil
del Contratante de la web municipal a pesar de la obligatoriedad.
Según el
Decreto de Alcaldía nº 2240 de fecha 20 de julio se ha adjudicado el contrato
menor a una empresa privada que se encarga de la publicación de noticias en los
perfiles en redes sociales del Ayuntamiento de Algete, de la elaboración de notas
de prensa, del contacto con los medios, de la edición de vídeos, de la preparación
de newsletter, de la realización de fotografías y videos de actividades
y eventos, y de la publicidad web para el Ayuntamiento de Algete, del 1 de
julio de 2023 al 30 de noviembre del 2023 (inclusive), por un importe de 14.900
€ (IVA incluido) con cargo a la aplicación presupuestaria 10-912-22602.
Sergio
Velasco, portavoz del Grupo Municipal de Vecinos por Algete, ha afirmado que “tengo
dudas de que se hubiera seguido la normativa vigente y me parece un error los
14.900 euros semestrales que va a suponer la externalización de la comunicación
institucional del Ayuntamiento, sobre todo teniendo en cuenta que en la
anterior legislatura tenía un coste cero para los vecinos al ser asumida directamente
por la Concejalía de Comunicación en colaboración con los trabajadores
municipales del resto de concejalías. Desde Vecinos por Algete creemos que es
un nuevo e innecesario despilfarro, que sorprende más cuando el nuevo equipo de
gobierno justifica sus elevados salarios por su gran dedicación, según palabras
textuales de ellos, del 200 por 100 a sus concejalías.”
NORMATIVA
APLICABLE
En cuanto a
las formas de la pregunta, según el artículo 23.8 del Reglamento
Orgánico Municipal de Algete “las preguntas podrán formularse por
escrito y presentarse en el Registro de Entrada al menos un día antes al de la
reunión de la Junta de Portavoces, prevista para la convocatoria de la sesión,
o con la antelación de un día al de la convocatoria de la sesión plenaria ordinaria.
[…] Las preguntas formuladas por escrito en la forma en este punto dispuesta
serán contestadas por el destinatario por escrito, y dando lectura a las
respuestas, en la sesión plenaria correspondiente a ese mes. Las preguntas
presentadas transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior podrán ser
contestadas en el Pleno correspondiente a ese mes o en el siguiente, una vez
recabada la información suficiente.”
Por otro
lado, en cuanto al fondo de la pregunta, el artículo 4 de las Normas
internas para la tramitación y aprobación de los expedientes de contratos
menores en el Ayuntamiento de Algete, la empresa Geseral y sus organismos
autónomos y otros entes públicos dependientes del ayuntamiento y sean poderes
adjudicadores establece en uno de sus apartados lo siguiente:
“De acuerdo
con el principio de competencia, y como medida anti-fraude y de lucha contra la
corrupción, el órgano de contratación solicitará, al menos, tres presupuestos,
debiendo quedar ello suficientemente acreditado en el expediente. A tal fin,
requiere dejar patente en el expediente que se han solicitado dichos
presupuestos; ello no se produce simplemente con enviar tres correos
electrónicos sin acuse de recibo y sin respuesta. Deben solicitarse de manera
formal, esto es, según el procedimiento administrativo: oficio y registro de
salida en sede electrónica (se recuerda que las empresas están obligadas a las
comunicaciones electrónicas a través de la SEDE ELECTRÓNICA en virtud del art.
14 de la LPACAP, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, 39/2015). No debe confundirse SEDE ELECTRÓNICA con simples correos
electrónicos, ni con registros a través de Ventanilla Única, o del sistema
ORVE, ni, por supuesto, con simples llamadas telefónicas a las empresas o
profesionales. TODA comunicación con los licitadores en cualquier fase del
procedimiento DEBE realizarse a través de SEDE ELECTRÓNICA, de lo contrario
carecen de la validez, de la transparencia y de la seguridad jurídica
necesarias e impuestas por la Ley. Cuando el importe del contrato supere la
cantidad de 6.000 € para suministros y servicios y de 10.000 € para obras, se
publicará la invitación en el perfil del contratante, pudiendo presentarse
cualquier empresa interesada, en el tiempo establecido y en las condiciones del
anuncio.”