En concreto, Sergio Velasco, portavoz del Grupo Municipal de Vecinos por Algete preguntó si se habían seguido las Normas de Contratación Menor (medida anti-fraude y de lucha contra la corrupción implantada por el Ayuntamiento de Algete en 2020) en lo relativo a los tres presupuestos mínimos con los que debe contar cualquier contratación menor en su expediente y por la ausencia de la oferta en el Perfil del Contratante de la web municipal a pesar de la obligatoriedad.
Según el Decreto de Alcaldía nº 2240 de fecha 20 de julio se ha adjudicado el contrato menor a una empresa privada que se encarga de la publicación de noticias en los perfiles en redes sociales del Ayuntamiento de Algete, de la elaboración de notas de prensa, del contacto con los medios, de la edición de vídeos, de la preparación de newsletter, de la realización de fotografías y videos de actividades y eventos, y de la publicidad web para el Ayuntamiento de Algete, del 1 de julio de 2023 al 30 de noviembre del 2023 (inclusive), por un importe de 14.900 € (IVA incluido) con cargo a la aplicación presupuestaria 10-912-22602.
Sergio Velasco, portavoz del Grupo Municipal de Vecinos por Algete, ha afirmado que “tengo dudas de que se hubiera seguido la normativa vigente y me parece un error los 14.900 euros semestrales que va a suponer la externalización de la comunicación institucional del Ayuntamiento, sobre todo teniendo en cuenta que en la anterior legislatura tenía un coste cero para los vecinos al ser asumida directamente por la Concejalía de Comunicación en colaboración con los trabajadores municipales del resto de concejalías. Desde Vecinos por Algete creemos que es un nuevo e innecesario despilfarro, que sorprende más cuando el nuevo equipo de gobierno justifica sus elevados salarios por su gran dedicación, según palabras textuales de ellos, del 200 por 100 a sus concejalías.”
NORMATIVA APLICABLE
En cuanto a las formas de la pregunta, según el artículo 23.8 del Reglamento Orgánico Municipal de Algete “las preguntas podrán formularse por escrito y presentarse en el Registro de Entrada al menos un día antes al de la reunión de la Junta de Portavoces, prevista para la convocatoria de la sesión, o con la antelación de un día al de la convocatoria de la sesión plenaria ordinaria. […] Las preguntas formuladas por escrito en la forma en este punto dispuesta serán contestadas por el destinatario por escrito, y dando lectura a las respuestas, en la sesión plenaria correspondiente a ese mes. Las preguntas presentadas transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior podrán ser contestadas en el Pleno correspondiente a ese mes o en el siguiente, una vez recabada la información suficiente.”
Por otro lado, en cuanto al fondo de la pregunta, el artículo 4 de las Normas internas para la tramitación y aprobación de los expedientes de contratos menores en el Ayuntamiento de Algete, la empresa Geseral y sus organismos autónomos y otros entes públicos dependientes del ayuntamiento y sean poderes adjudicadores establece en uno de sus apartados lo siguiente:
“De acuerdo con el principio de competencia, y como medida anti-fraude y de lucha contra la corrupción, el órgano de contratación solicitará, al menos, tres presupuestos, debiendo quedar ello suficientemente acreditado en el expediente. A tal fin, requiere dejar patente en el expediente que se han solicitado dichos presupuestos; ello no se produce simplemente con enviar tres correos electrónicos sin acuse de recibo y sin respuesta. Deben solicitarse de manera formal, esto es, según el procedimiento administrativo: oficio y registro de salida en sede electrónica (se recuerda que las empresas están obligadas a las comunicaciones electrónicas a través de la SEDE ELECTRÓNICA en virtud del art. 14 de la LPACAP, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 39/2015). No debe confundirse SEDE ELECTRÓNICA con simples correos electrónicos, ni con registros a través de Ventanilla Única, o del sistema ORVE, ni, por supuesto, con simples llamadas telefónicas a las empresas o profesionales. TODA comunicación con los licitadores en cualquier fase del procedimiento DEBE realizarse a través de SEDE ELECTRÓNICA, de lo contrario carecen de la validez, de la transparencia y de la seguridad jurídica necesarias e impuestas por la Ley. Cuando el importe del contrato supere la cantidad de 6.000 € para suministros y servicios y de 10.000 € para obras, se publicará la invitación en el perfil del contratante, pudiendo presentarse cualquier empresa interesada, en el tiempo establecido y en las condiciones del anuncio.”
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