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viernes, 29 de julio de 2016

Resumen del pleno de julio de 2016

El séptimo pleno ordinario del año 2016 del Ayuntamiento de Algete ha comenzado con la toma de posesión de la nueva concejala del grupo municipal del PP María Nieves Pérez Aranda. Después se ha tomado en razón de la renuncia a sus cargos de los ya exconcejales María Gracia Sánchez Naharro y Mario Roa Salazar y se ha pospuesto a la siguiente sesión la aprobación de las actas correspondientes a los plenos de abril y mayo.

En cuanto al tema urbanístico, se ha aprobado definitivamente el Plan Parcial de reforma interior APR-1 Prado Norte y la modificación puntual del PGOU para reclasificar los terrenos de las lagunas de soto de Mozanaque a excluir del APR-1. Así mismo se ha aprobado la estimación de la iniciativa privada del APR-2, el Convenio Urbanístico de Gestión APR-2 y convenio urbanístico sobre la monetización del 10% de la cesión APR-2 (los tres puntos relacionados con la iniciativa privada con construcción de un centro comercial en la entrada de Algete).

Seguidamente se ha aprobado la revisión de oficio del proyecto de expropiación no adheridos del sector 8 y declaración de nulidad de actos afectados, así como los precios públicos de las clases de dibujo y pintura para el curso 2016-17.Tras estos puntos se ha desestimado tres de los cuatro recursos de reposición presentados por empleadas municipales contra el acuerdo de pleno de 30 de julio de 2016 en el que se rechazaba conceder la compatibilidad laboral.

En el apartado de mociones de los grupos municipales se ha aprobado una del grupo municipal del Psoe que proponía  la remodelación del parque central (zona este); una de Vecinos por Algete que instaba a la reducción de los salarios, dietas y asignaciones de los grupos municipales, una de Ciudadanos relativa a la avocación temporal de competencias de la Junta de Contratación y otra de IU relativa a la convocatoria de una comisión informativa con los responsables de los departamentos de recaudación e inspección para el estudio actual y futuro de los ingresos en el Ayuntamiento. La totalidad de los grupos de oposición han aprobado también una moción de reprobación contra el Alcalde Cesar de la Puebla por su gestión como Concejal de Economía y Hacienda entre los años 2007 a 2014, con motivo de la contratación de Waiter Music, Waiter Music Records y Saranais.

Los grupos municipales no han realizado ruegos y preguntas para no alargar más el pleno, enviándolas por correo electrónico. En ruegos y preguntas del público, los trabajadores municipales de la concejalía de Servicios Sociales, la ejecución de la moción de reducción de sueldos, el futuro centro comercial, las expropiaciones del Sector 8, el estado de las calles de Valderrey o los embargos por impago del IBI han centrado el debate.

viernes, 1 de julio de 2016

Resumen del pleno de junio de 2016

El sexto pleno ordinario del año 2016 del Ayuntamiento de Algete ha comenzado con la toma de posesión de la nueva concejala del grupo municipal del PSOE María de Gracia Sánchez Naharro. Después se ha tomado en razón de la renuncia a su cargo del ya exconcejal popular David Sujar Martín y se ha aprobado el acta del pleno celebrado el pasado 31 de marzo.

En cuanto al tema urbanístico, se ha aprobado provisionalmente tanto una Modificación Puntual Plan General en Suelo Urbano (que servirá para reclasificar los usos que puedan darse a viviendas y locales del casco urbano, posibilitará el desarrollo de nuevos negocios que hasta ahora no podían) como del Texto Refundido de la modificación puntual del PGOU referido al sector A3 (entre carretera M-106, M-111 y la empresa Redur).

Seguidamente se ha aprobado una presentada por el Grupo Municipal Vecinos por Algete relativa al cambio de partida presupuestaria de parte del gasto destinado a la dedicación exclusiva del concejal para destinarlo a ayudas de comedor en el curso 2016-2017 y su correspondiente cambio de partida presupuestaria para traspasar los 19.000 euros de un capítulo a otro.

El pleno ha continuado con la aprobación de una operación de tesorería y se ha derogado una ordenanza municipal en materia de seguridad e higiene alimentaria y de protección del consumidor por entrar en conflicto con normativa europea y española. También ha rechazado la solicitud de compatibilidad de cuatro empleados municipales basándose en el artículo 16.4 la ley 53/84 de Incompatibilidades.

En el apartado de mociones de los grupos municipales se ha retirado la del grupo municipal del Psoe que proponía  la creación de instalaciones deportivas en la zona de Miguel de Unamuno y se ha rechazado la de C´s que proponía la instalación de cuatro mesas de pingpong. Por el contrario, se ha aprobado dos mociones de IU relativas a la información a los concejales en Junta de Portavoces y en la Comisión Informativa de Hacienda.

En el apartado de mociones de urgencia, la oposición iba a presentar una conjunta de reprobación al actual alcalde y Concejal de Economía y Hacienda entre los años 2007 a 2014, con motivo de la contratación de Waiter Music, Waiter Music Records y Saranais. La urgencia no ha podido ser aprobada por la ausencia de uno de los concejales del PSOE sin el cual la oposición no contaba con mayoría del pleno.

En ruegos y preguntas el ruido de los aviones, la descoordinación de Geseral, la falta de limpieza y las placas de aparcamiento de la plaza han centrado el debate. En ruegos y preguntas del público el alcalde se ha negado a responder preguntas de representantes sindicales de la policía local.

lunes, 23 de mayo de 2016

¿Qué son los presupuestos municipales?

Con el fin de acercar la política municipal con un lenguaje más cercano al de un vecino que no es experto en política vamos a intentar desde Vecinos por Algete explicar en este artículo qué son los Presupuestos Municipales.
 
Los presupuestos municipales son un documento que plantea los Ingresos que se prevén en el año en el Ayuntamiento  y en qué Gastos se invertirán. Los presupuestos los elabora el equipo de gobierno. Primeramente se elabora un borrador, que es entregado a los concejales de la oposición para su estudio y se suele trabajar para lograr conjuntamente el acuerdo en determinados puntos. El presupuesto debe presentarse al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, antes del 31 de diciembre del año anterior. Es decir, que el del año 2016 debió haberse presentado antes del 31 de diciembre de 2015. Por ello, los trabajos de elaboración y entrega de documentación a la oposición debían comenzar durante el último trimestre del año.

Una vez que el gobierno municipal entrega el borrador a los concejales de la oposición, el concejal de Hacienda convoca  una comisión informativa de Hacienda (formada por una representación proporcional de todos los grupos municipales) en la que se da cuenta del borrador, y en la que se debate el contenido. El interventor y la secretaria del Ayuntamiento están presentes en la comisión para aclarar cualquier duda de los participantes.

La comisión emite un “dictamen”, es decir, un documento que explica el sentir de los concejales que están presentes, y los votos a favor y en contra del presupuesto que ha presentado el concejal de Hacienda. En ese “dictamen” se pueden incluir los cambios que se hayan acordado a propuesta de la oposición; pero si las propuestas de la oposición no suman la mayoría de los votos, no se hacen constar en el dictamen.

El alcalde convoca un pleno extraordinario con un plazo mínimo de dos días, desde que el expediente completo está listo y a disposición de todos los concejales. El pleno debate y somete a votación el Presupuesto. Si el pleno lo forman 21 concejales, como en el caso de Algete, la mayoría absoluta decide: 11. Es decir, la mitad más 1 de los miembros de la Corporación, estén o no presentes todos.

Una vez que el presupuesto es aprobado provisionalmente, existe un plazo marcado por la Ley de 15 días (hábiles), para que cualquier ciudadano pueda examinar libremente el Presupuesto, y pueda presentar reclamaciones si lo considera conveniente. Una vez cerrado el plazo para presentar reclamaciones, el concejal de Hacienda debe convocar de nuevo la comisión de Hacienda para estudiarlas. Un informe del Interventor y de la Secretaria explicará las razones técnicas que existen para admitir las reclamaciones o para rechazarlas. En cualquier caso, los concejales del equipo de gobierno pueden aceptar o no las opiniones de los técnicos; pero han de ser conscientes, en el caso de que no las acepten, de que contravienen los principios de legalidad en los que siempre han de basarse tanto el Interventor como la Secretaria.

El alcalde convocará otro pleno para estimar o no las reclamaciones presentadas. Y la mayoría decidirá: 11 sobre 21. Es entonces cuando el Presupuesto estará definitivamente aprobado. Una vez aprobado definitivamente, la ley permite  que se presente un Recurso de Reposición, que consiste en presentar ante el órgano que lo ha aprobado (el Pleno en este caso) un escrito explicando las razones por las que no se está de acuerdo. Los concejales que hayan votado No al presupuesto pueden presentar este recurso. 

Y cualquier ciudadano que haya presentado reclamaciones, y no se las hayan admitido, también. Si el pleno rechaza el recurso de reposición, la Ley aún da otra oportunidad: presentar un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Éste es el proceso, en caso de que los presupuestos salgan adelante, pero puede ocurrir que el equipo de gobierno no cuente con mayoría suficiente para aprobar los  Presupuestos. En ese caso, se prorrogarían los del año anterior, es decir, los de 2015. En el caso de que los presupuestos de 2015 se prorrogasen en 2016 porque la oposición rechace las cuentas para el próximo año, no se daría la misma situación en 2017, dado que entonces la junta local de gobierno podría aprobar directamente las cuentas si en el pleno de la corporación, en el que el gobierno está en minoría, no se alcanza la mayoría necesaria para la aprobación de los presupuestos.

En los presupuestos municipales hay un vocabulario que conviene conocer:

Ingresos: Es la parte del Presupuesto municipal que contiene únicamente las entradas de dinero previstas.
Gastos: Es la otra parte del presupuesto municipal, la que contiene los gastos generales
Capítulos: Son las grandes bolsas en las que se divide el Presupuesto.

En Ingresos hay 9 capítulos, que son:

– Capítulo 1: Impuestos directos (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).
– Capítulo 2: Impuestos indirectos (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
– Capítulo 3: Tasas y otros ingresos (tasas, precios públicos, contribuciones especiales, reintegros de ejercicios anteriores, multas, recargos de apremio, intereses de demora, etc.)
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (dinero que se recibe del Estado).
– Capítulo 5: Ingresos patrimoniales (Intereses de títulos, valores, de depósitos, dividendos y participaciones en beneficios, rentas de bienes inmuebles, productos de concesiones y aprovechamientos especiales, etc.)
– Capítulo 6: Enajenación de Inversiones Reales. Ingresos provenientes de la venta o enajenación de solares, de fincas rústicas, de parcelas sobrantes de la vía pública, viviendas y locales de negocio, etc.)
– Capítulo 7: Transferencias de capital (Ingresos de naturaleza no tributario percibido sin contraprestación destinados a financiar operaciones de capital).
– Capítulo 8: Activos financieros (ingresos procedentes de enajenación de deuda, acciones y obligaciones, reintegro de préstamos, reintegro de fianzas y depósitos).
– Capítulo 9: Pasivos financieros (dinero que se obtiene por préstamos bancarios)

En Gastos hay 9 capítulos, que son:

– Capítulo 1: Gastos de personal (retribuciones, Seguridad Social, gratificaciones, contrataciones, productividad, formación, etc.).
– Capítulo 2: Gastos de bienes corrientes y servicios (todos los correspondientes al funcionamiento general del ayuntamiento: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, programas culturales, programas para la tercera edad, etc. ).
– Capítulo 3: Gastos financieros  (los intereses que se pagan por los préstamos bancarios).
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (por ejemplo, las subvenciones a las asociaciones).
– Capítulo 5: Fondo de contingencia.
– Capítulo 6: Inversiones reales (el dinero que se gastará en obras públicas).
– Capítulo 7: Transferencias de capital (créditos para Geseral)
– Capítulo 8: Activos financieros (adquisición de títulos valores, concesión de préstamos…)
– Capítulo 9: Pasivos financieros. Recoge el gasto que realizan las Entidades locales y sus Organismos autónomos destinado a la amortización de pasivos financieros (préstamos y créditos).

Los gastos también se pueden clasificar por programas o funciones. Es decir, la gestión municipal se divide en grandes áreas, y cada una de ellas tiene unos gastos. Cada programa tiene asignado un número propio y una denominación. 

En el borrador que se nos ha pasado a los grupos municipales del Presupuesto de 2016, algunos ejemplos son:

– 22501: Tasa cobertura incendios Comunidad de Madrid: 630.000€
– 2260603: Formación para el empleo: 0 €.
– 2260901: Actividades lúdico festivas, festejos populares y taurinos:259.833€
– 22609: Actividades lúdico festivas y festejos populares en Sto. Domingo: 9.000€
– 226904: Programa de Prevención violencia de género: 7.629€
– 2260900: Plan Algete Ciudad Educadora: 220€
– 2269901: Campaña Fomento Actividad Comercial: 1.800€
– 91300: Amortización préstamos medio y largo plazo: 2.262.803€

Partida presupuestaria: es el “saquito” que contiene una determinada cantidad de dinero para hacer frente a unos gastos concretos. Por ejemplo: de la partida presupuestaria que se denomina “Retribuciones de alcaldía y concejales”, solo se puede pagar eso: el sueldo del alcalde y de los concejales. Cada apunte, cada gasto ha de restarse del dinero que existe en cada “saquito”. Un ejemplo: existe una partida presupuestaria, con dinero asignado (consignado), para pagar exclusivamente el gasóleo de los vehículos municipales. Y ningún otro gasto, que no sea ése, se puede pagar de ahí. Solamente el pleno puede decidir hacerlo. ¿Cómo? Por mayoría: 11 sobre 21.

Crédito: Queremos decir dinero. Cada partida tiene consignado un crédito. O lo que es lo mismo, cada “saquito” dispone de una cantidad concreta de dinero.

Bases de ejecución del Presupuesto General: documento que se adjunta al presupuesto y que contiene, para cada ejercicio, la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias del Ayuntamiento y de sus Organismos autónomos.

martes, 26 de abril de 2016

Moción conjunta para la convocatoria de un Pleno Extraordinario para la aprobación de los presupuestos municipales 2016

El Grupo Municipal Vecinos por Algete y el resto de grupos de la oposición presentarán en el pleno del Ayuntamiento de Algete una moción para la celebración de un pleno extraordinario urgente en el que se estudien, debatan y aprueben los presupuesto municipales para el año 2016. La propuesta la defenderá en el pleno ordinario correspondiente al mes de abril de 2016, que se celebrará el próximo jueves 28 de abril a las 19:00 en el salón de plenos de la Escuela Municipal de Música y Danza "Andrés Segovia".

Todos los grupos de la oposición propondrán de forma conjunta en sesión plenaria del Ayuntamiento de Algete la aprobación urgente de los presupuestos municipales que se encuentran aun sin formular. En la moción que han presentado por registro, se propone instar al Alcalde para que convoque un Pleno Extraordinario, a la mayor brevedad posible pero dotando de la suficiente información y con la debida antelación a los Grupos Municipales con, al menos, el siguiente punto del orden del día: Aprobación Inicial del Presupuesto para el ejercicio 2016.

El art. 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL) señala la obligatoriedad de que la aprobación definitiva del Presupuesto General por el pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse. Con los plazos que señala el mismo artículo, la aprobación inicial debería haber sido propuesta por el Alcalde para el Pleno Ordinario de noviembre pero ello no ha sido así.

El incumplimiento de esta norma, ha provocado la irracional prórroga del inviable presupuesto de este año. No obstante la impunidad, la contravención de la Ley tiene efectos perniciosos en la práctica como son, entre otros, la obstaculización de la correcta gestión económica de las arcas municipales y la incontrolable divergencia entre ingresos y gastos. Estos efectos se dirigen en primer lugar contra el Ayuntamiento pero después o inmediatamente, a corto, medio o largo plazo, pero irremisiblemente, contra sus vecinos, sean contribuyentes o no.

En el momento actual, varias circunstancias de gran trascendencia han confluido de forma casi simultánea en el aspecto económico municipal: Se han aprobado gastos plurianuales de importancia sin la aquiescencia del Pleno. Las nuevas normas permitirán u obligarán, según el caso, a redefinir la cuantía y la estructura de los ingresos municipales y ello, junto con los nuevos costes y reducción de servicios, debe conllevar la redefinición de la cuantía y estructura de los gastos. Si ello no se hace ahora, con carácter urgente, la solvencia, el crédito y la viabilidad económica del Ayuntamiento se perjudicarán de forma irremisible.

Ya no se tratará de un incumplimiento de los plazos establecidos por el TRLHL, aunque quede impune, sino de una grave negligencia y temeridad del Gobierno Municipal con la que estos Grupos no están dispuestos a colaborar.