lunes, 24 de abril de 2017

Ocho preguntas y respuestas sobre la ampliación del período de carencia

1. ¿Qué es?

Es una medida propuesta por el Ministerio de Economía para ayudar a determinados ayuntamientos a través de la ampliación en tres años del periodo de carencia y de amortización de los préstamos formalizados entre 2012 y 2016 correspondientes al Plan de Pago a Proveedores. Es decir, es posponer (que no condonar) el pago de la deuda correspondiente a los préstamos para el pago a proveedores durante tres años, pero se mantiene el pago de intereses durante ese tiempo (en el tipo de interés que estuviese fijado).

2. ¿Quién puede acogerse a esta medida?

Pueden acogerse a esta medida 539 ayuntamientos españoles que, por su situación financiera y sus problemas de liquidez, presentan dificultades para afrontar el cumplimiento del calendario de vencimientos de los préstamos formalizados hasta 2016 relacionados con el Plan de Pago a Proveedores.

De los municipios en cuestión, un total de 137 se encuentran en riesgo financiero, mientras que otros 402, entre los que se encuentra el de Algete, no afrontan esta situación pero en la liquidación de sus presupuestos de 2015 no tenían ingresos suficientes para afrontar esas amortizaciones o registraban un remanente de tesorería para gastos generales negativo.

3. ¿Cuáles son las condiciones para solicitar la ampliación del periodo de carencia?

Para acogerse a esta medida se exige a los ayuntamientos que aprueben un plan de saneamiento financiero para cinco años (2017-2021), al final del cual deberán presentar signo positivo el ahorro neto y/o el remanente de tesorería para gastos generales. Si los ayuntamientos tuviesen un plan de ajuste al que estuvieren sujetos ya, como el que tiene Algete desde 2012, el mencionado plan de saneamiento será adicional (ambos convivirán).

Además el Ayuntamiento se compromete a aceptar la imposición de medidas que pueda establecer el Ministerio de Hacienda y Función Pública en el caso de que se apreciase incumplimiento o riesgo de incumplimiento del plan de ajuste (lo que popularmente se conoce como “que vengan los hombres de negro de Montoro”)

4. ¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud de adhesión a la ampliación del periodo de carencia?

Inicialmente, los ayuntamientos podían solicitar esta medida hasta el 7 de abril, periodo que ha sido ampliado hasta el 28 de abril para dar tiempo a que los Plenos de los Ayuntamientos que presenten peor situación financiera puedan acogerse a esta medida, pues inicialmente hubo muy poco tiempo para estudiarla y decidir.

5. ¿Qué es el Plan de Pago a Proveedores?

El Mecanismo de Pago a Proveedores o Plan de Pago a Proveedores es una línea de crédito creada por el gobierno español en el año 2012 dentro del contexto de la crisis económica concebida para que el Estado prestara dinero a través del Instituto de Crédito Oficial a los Ayuntamientos con facturas pendientes con los proveedores, para que éstos pudieran hacer frente a las mismas  y que las pequeñas y medianas empresas pudieran recuperar su actividad económica.

Paralelamente, hay que recordar que la reforma del artículo 135 de la Constitución aprobada por el PP y PSOE concedió prioridad absoluta al pago de la deuda frente a cualquier otro tipo de gasto público, hecho que obliga al Ayuntamiento a pagar antes un préstamo correspondiente al Plan de Pago a Proveedor que a cualquier otra finalidad.

6. ¿Qué es el remanente de tesorería?

El remanente de tesorería es el saldo que permite conocer al final del ejercicio, la solvencia o capacidad económica que tiene el Ayuntamiento para afrontar sus deudas. Para ello se cuantifican, por un lado, los fondos líquidos (es decir, el dinero en caja y bancos) y se le suman los derechos reconocidos pendiente de cobro, restando a todo ello las obligaciones que están pendientes de pago. Estos derechos y obligaciones reconocidas hacen referencia a operaciones presupuestarias (del ejercicio corriente y de ejercicios cerrados) y extrapresupuestarias.

Si el resultado es positivo podría utilizarse para financiar determinadas modificaciones presupuestarias, pero si es negativo debe ser recuperado en el ejercicio siguiente o presentar un plan financiero sobre su recuperación. Por tanto, expresa mejor que cualquier otro indicador la capacidad de un ayuntamiento para hacer frente a sus compromisos financieros.

7. ¿Por qué se celebró un pleno extraordinario en el Ayuntamiento de Algete sobre este asunto y por qué vuelve a tratarse en el pleno ordinario de abril?

La medida fue conocida un día antes del pleno ordinario del mes de marzo, por lo que no dio tiempo a debatirse en ese pleno. Como el plazo inicial finalizaba antes de que se celebrase el pleno ordinario de abril, se convocó un pleno extraordinario el 6 de abril, que rechazó adherirse a esta medida al ser solo apoyado por el equipo de gobierno.

Ante la ampliación del plazo hasta el 28 de abril y el rechazo inicial que había obtenido la propuesta por parte de todos los grupos de la oposición, el equipo de gobierno vuelve a formular la propuesta con la esperanza de que alguno de los grupos municipales de la oposición cambie el sentido de su voto en el pleno ordinario del mes de abril.

8. ¿Cuál es la postura de Vecinos por Algete en este tema?

La opinión de Vecinos por Algete con respecto a este asunto sigue siendo la misma que inicialmente. Como ya se dijo en el pleno extraordinario (y se volverá a repetir en el ordinario de abril que tratará el mismo asunto),  el Ayuntamiento de Algete tiene que actuar de forma responsable y hacer frente de una vez a sus obligaciones, solucionando sus problemas de tesorería en lugar de retrasar a otra legislatura el pago de los préstamos (tarde o temprano habrá que pagarlos y dudamos muchísimo que se condone la deuda como ha sugerido el Alcalde).

Este “balón de oxígeno” de la Administración no es algo gratuito, sino que implica la adopción de una serie de medidas contempladas en un plan de saneamiento que habría que implantar. Si ya el plan de ajuste del Ayuntamiento de Algete (en vigor desde 2012) es duro y los vecinos siguen sufriendo sus consecuencias, implantar un nuevo plan de saneamiento obligatorio con medidas adicionales más restrictivas, como la implantación de nuevas tasas o la reducción de servicios públicos, puede tener consecuencias catastróficas en las economías familiares de los vecinos de Algete.

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