lunes, 4 de marzo de 2024

El Defensor del pueblo admite a trámite una queja de Vecinos por Algete sobre el acceso a la información de los concejales

El Defensor del Pueblo ha admitido a trámite una queja presentada por el partido político local Vecinos por Algete sobre el acceso a la información por parte de los concejales de la oposición municipal, al entender que reúne los requisitos del artículo 54 de la Constitución, en relación con la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo.

Esta queja la ha realizado Sergio Velasco, concejal portavoz del grupo municipal de Vecinos por Algete, tras la retirada de los permisos necesarios para acceder a los Libros de Entidad de la aplicación informática de gestión de expedientes (Libro de Actas de plenos, Libro de Juntas de Gobierno, Libro de Actas de la Comisión Especial de Cuentas, Libro de Acuerdos Reparados, Libro de Informes de Intervención, Libro de Certificados de Secretaria, Libro de Contratos, Libro de Resoluciones o Decretos, etc.).

El pasado 4 de diciembre de 2023 Sergio Velasco solicitó por Registro de Entrada del Ayuntamiento de Algete disponer nuevamente de los permisos necesarios para acceder a los Libros de Entidad de la aplicación informática de gestión de expedientes municipales como había tenido hasta la fecha.

En los plenos ordinarios del mes de diciembre de 2023, así como en los de enero y febrero de 2024, el concejal Sergio Velasco preguntó si se iban a devolver los permisos a los concejales de la oposición para poder acceder a los Libros de Entidad y poder realizar su función fiscalizadora del equipo de gobierno, respondiéndose por parte del Alcalde-Presidente Fernando Romo que se solicitaría al Secretario de la Corporación un Informe para conocer a qué información tenían derecho a acceder los concejales de oposición, pero a fecha de hoy no se ha contestado ni al escrito del 4 de diciembre ni se ha facilitado informe alguno de Secretaría.

Desde Vecinos por Algete, su concejal portavoz Sergio Velasco ha señalado que “limitar el acceso a la información a los concejales de la oposición por parte del Alcalde de Algete supone que no se esté garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en lo que se refiere al derecho de los ediles a la obtención de información, y desde Vecinos por Algete creemos que se está obstaculizando gravemente el trabajo de fiscalización del equipo de gobierno que tenemos los concejales de oposición.”

ACCESO A LA INFORMACIÓN POR PARTE DE LOS CONCEJALES DE OPOSICIÓN

El ejercicio de la función de concejal es expresión del derecho a la participación de los asuntos públicos recogido en el artículo 23 de la Constitución Española y, por tanto, expresión de un derecho fundamental que de acuerdo con reiterados pronunciamientos de la jurisprudencia es de configuración legal, esto es, que se ejercerá en los términos recogidos en la Ley.

El Tribunal Constitucional considera que el artículo 23.2 de la Constitución Española garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalen las leyes, así como que quienes hayan accedido a los mismos se mantengan en ellos y los desempeñen de conformidad con lo que la Ley disponga (STC 208/2003 y STC 169/2009).

En atención a este precepto constitucional, el legislador ordinario reguló el régimen en el que los miembros electos de las Corporaciones Locales ejercerán su cargo, garantizándoles el derecho a poder desempeñar el mismo de manera efectiva.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, como legislación básica estatal, recoge en su artículo 77 el derecho de los concejales a obtener cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función, configurándose como uno de los derechos básicos para que el corporativo pueda ejercer efectivamente su cargo.

Se da la circunstancia de que con fecha 11 de marzo de 2021, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, esta institución ya resolvió formular al Ayuntamiento de Algete la sugerencia de garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa vigente por cuanto se refiere al derecho de los ediles a la obtención de la información tras la queja con número de registro 21002464 formulada por el Grupo Municipal del Partido Popular, sugerencia que fue aceptada por el consistorio algeteño.

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