Con el fin de acercar la política municipal con un lenguaje más
cercano al de un vecino que no es experto en política vamos a intentar
desde Vecinos por Algete explicar en este artículo qué son los Presupuestos Municipales.
Los presupuestos municipales son un documento que plantea los
Ingresos que se prevén en el año en el Ayuntamiento y en qué Gastos se
invertirán. Los presupuestos los elabora el equipo de gobierno.
Primeramente se elabora un borrador, que es entregado a los concejales
de la oposición para su estudio y se suele trabajar para lograr
conjuntamente el acuerdo en determinados puntos. El presupuesto debe
presentarse al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación,
antes del 31 de diciembre del año anterior. Es decir, que el del año
2016 debió haberse presentado antes del 31 de diciembre de 2015. Por
ello, los trabajos de elaboración y entrega de documentación a la
oposición debían comenzar durante el último trimestre del año.
Una vez que el gobierno municipal entrega el borrador a los
concejales de la oposición, el concejal de Hacienda convoca una
comisión informativa de Hacienda (formada por una representación
proporcional de todos los grupos municipales) en la que se da cuenta del
borrador, y en la que se debate el contenido. El interventor y la
secretaria del Ayuntamiento están presentes en la comisión para aclarar
cualquier duda de los participantes.
La comisión emite un “dictamen”, es decir, un documento que explica
el sentir de los concejales que están presentes, y los votos a favor y
en contra del presupuesto que ha presentado el concejal de Hacienda. En
ese “dictamen” se pueden incluir los cambios que se hayan acordado a
propuesta de la oposición; pero si las propuestas de la oposición no
suman la mayoría de los votos, no se hacen constar en el dictamen.
El alcalde convoca un pleno extraordinario con un plazo mínimo de dos
días, desde que el expediente completo está listo y a disposición de
todos los concejales. El pleno debate y somete a votación el
Presupuesto. Si el pleno lo forman 21 concejales, como en el caso de
Algete, la mayoría absoluta decide: 11. Es decir, la mitad más 1 de los
miembros de la Corporación, estén o no presentes todos.
Una vez que el presupuesto es aprobado provisionalmente, existe un
plazo marcado por la Ley de 15 días (hábiles), para que cualquier
ciudadano pueda examinar libremente el Presupuesto, y pueda presentar
reclamaciones si lo considera conveniente. Una vez cerrado el plazo para
presentar reclamaciones, el concejal de Hacienda debe convocar de nuevo
la comisión de Hacienda para estudiarlas. Un informe del Interventor y
de la Secretaria explicará las razones técnicas que existen para admitir
las reclamaciones o para rechazarlas. En cualquier caso, los concejales
del equipo de gobierno pueden aceptar o no las opiniones de los
técnicos; pero han de ser conscientes, en el caso de que no las acepten,
de que contravienen los principios de legalidad en los que siempre han
de basarse tanto el Interventor como la Secretaria.
El alcalde convocará otro pleno para estimar o no las reclamaciones
presentadas. Y la mayoría decidirá: 11 sobre 21. Es entonces cuando el
Presupuesto estará definitivamente aprobado. Una vez aprobado
definitivamente, la ley permite que se presente un Recurso de
Reposición, que consiste en presentar ante el órgano que lo ha aprobado
(el Pleno en este caso) un escrito explicando las razones por las que no
se está de acuerdo. Los concejales que hayan votado No al presupuesto
pueden presentar este recurso.
Y cualquier ciudadano que haya presentado
reclamaciones, y no se las hayan admitido, también. Si el pleno rechaza
el recurso de reposición, la Ley aún da otra oportunidad: presentar un
recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Éste es el proceso, en caso de que los presupuestos salgan adelante,
pero puede ocurrir que el equipo de gobierno no cuente con mayoría
suficiente para aprobar los Presupuestos. En ese caso, se prorrogarían
los del año anterior, es decir, los de 2015. En el caso de que los
presupuestos de 2015 se prorrogasen en 2016 porque la oposición rechace
las cuentas para el próximo año, no se daría la misma situación en 2017,
dado que entonces la junta local de gobierno podría aprobar
directamente las cuentas si en el pleno de la corporación, en el que el
gobierno está en minoría, no se alcanza la mayoría necesaria para la
aprobación de los presupuestos.
En los presupuestos municipales hay un vocabulario que conviene conocer:
• Ingresos: Es la parte del Presupuesto municipal que contiene únicamente las entradas de dinero previstas.
• Gastos: Es la otra parte del presupuesto municipal, la que contiene los gastos generales
• Capítulos: Son las grandes bolsas en las que se divide el Presupuesto.
En Ingresos hay 9 capítulos, que son:
– Capítulo 1: Impuestos directos (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el
Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre Vehículos de
Tracción Mecánica y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los
Terrenos de Naturaleza Urbana).
– Capítulo 2: Impuestos indirectos (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
– Capítulo 3: Tasas y otros ingresos (tasas, precios públicos, contribuciones especiales, reintegros de ejercicios anteriores, multas, recargos de apremio, intereses de demora, etc.)
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (dinero que se recibe del Estado).
– Capítulo 5: Ingresos patrimoniales (Intereses de títulos, valores, de depósitos, dividendos y participaciones en beneficios, rentas de bienes inmuebles, productos de concesiones y aprovechamientos especiales, etc.)
– Capítulo 6: Enajenación de Inversiones Reales. Ingresos provenientes de la venta o enajenación de solares, de fincas rústicas, de parcelas sobrantes de la vía pública, viviendas y locales de negocio, etc.)
– Capítulo 7: Transferencias de capital (Ingresos de naturaleza no tributario percibido sin contraprestación destinados a financiar operaciones de capital).
– Capítulo 8: Activos financieros (ingresos procedentes de enajenación de deuda, acciones y obligaciones, reintegro de préstamos, reintegro de fianzas y depósitos).
– Capítulo 9: Pasivos financieros (dinero que se obtiene por préstamos bancarios)
– Capítulo 2: Impuestos indirectos (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
– Capítulo 3: Tasas y otros ingresos (tasas, precios públicos, contribuciones especiales, reintegros de ejercicios anteriores, multas, recargos de apremio, intereses de demora, etc.)
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (dinero que se recibe del Estado).
– Capítulo 5: Ingresos patrimoniales (Intereses de títulos, valores, de depósitos, dividendos y participaciones en beneficios, rentas de bienes inmuebles, productos de concesiones y aprovechamientos especiales, etc.)
– Capítulo 6: Enajenación de Inversiones Reales. Ingresos provenientes de la venta o enajenación de solares, de fincas rústicas, de parcelas sobrantes de la vía pública, viviendas y locales de negocio, etc.)
– Capítulo 7: Transferencias de capital (Ingresos de naturaleza no tributario percibido sin contraprestación destinados a financiar operaciones de capital).
– Capítulo 8: Activos financieros (ingresos procedentes de enajenación de deuda, acciones y obligaciones, reintegro de préstamos, reintegro de fianzas y depósitos).
– Capítulo 9: Pasivos financieros (dinero que se obtiene por préstamos bancarios)
En Gastos hay 9 capítulos, que son:
– Capítulo 1: Gastos de personal (retribuciones, Seguridad Social,
gratificaciones, contrataciones, productividad, formación, etc.).
– Capítulo 2: Gastos de bienes corrientes y servicios (todos los correspondientes al funcionamiento general del ayuntamiento: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, programas culturales, programas para la tercera edad, etc. ).
– Capítulo 3: Gastos financieros (los intereses que se pagan por los préstamos bancarios).
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (por ejemplo, las subvenciones a las asociaciones).
– Capítulo 5: Fondo de contingencia.
– Capítulo 6: Inversiones reales (el dinero que se gastará en obras públicas).
– Capítulo 7: Transferencias de capital (créditos para Geseral)
– Capítulo 8: Activos financieros (adquisición de títulos valores, concesión de préstamos…)
– Capítulo 9: Pasivos financieros. Recoge el gasto que realizan las Entidades locales y sus Organismos autónomos destinado a la amortización de pasivos financieros (préstamos y créditos).
– Capítulo 2: Gastos de bienes corrientes y servicios (todos los correspondientes al funcionamiento general del ayuntamiento: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, programas culturales, programas para la tercera edad, etc. ).
– Capítulo 3: Gastos financieros (los intereses que se pagan por los préstamos bancarios).
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (por ejemplo, las subvenciones a las asociaciones).
– Capítulo 5: Fondo de contingencia.
– Capítulo 6: Inversiones reales (el dinero que se gastará en obras públicas).
– Capítulo 7: Transferencias de capital (créditos para Geseral)
– Capítulo 8: Activos financieros (adquisición de títulos valores, concesión de préstamos…)
– Capítulo 9: Pasivos financieros. Recoge el gasto que realizan las Entidades locales y sus Organismos autónomos destinado a la amortización de pasivos financieros (préstamos y créditos).
Los gastos también se pueden clasificar por programas o funciones. Es
decir, la gestión municipal se divide en grandes áreas, y cada una de
ellas tiene unos gastos. Cada programa tiene asignado un número propio y
una denominación.
En el borrador que se nos ha pasado a los grupos
municipales del Presupuesto de 2016, algunos ejemplos son:
– 22501: Tasa cobertura incendios Comunidad de Madrid: 630.000€
– 2260603: Formación para el empleo: 0 €.
– 2260901: Actividades lúdico festivas, festejos populares y taurinos:259.833€
– 22609: Actividades lúdico festivas y festejos populares en Sto. Domingo: 9.000€
– 226904: Programa de Prevención violencia de género: 7.629€
– 2260900: Plan Algete Ciudad Educadora: 220€
– 2269901: Campaña Fomento Actividad Comercial: 1.800€
– 91300: Amortización préstamos medio y largo plazo: 2.262.803€
– 2260603: Formación para el empleo: 0 €.
– 2260901: Actividades lúdico festivas, festejos populares y taurinos:259.833€
– 22609: Actividades lúdico festivas y festejos populares en Sto. Domingo: 9.000€
– 226904: Programa de Prevención violencia de género: 7.629€
– 2260900: Plan Algete Ciudad Educadora: 220€
– 2269901: Campaña Fomento Actividad Comercial: 1.800€
– 91300: Amortización préstamos medio y largo plazo: 2.262.803€
• Partida presupuestaria: es el “saquito” que
contiene una determinada cantidad de dinero para hacer frente a unos
gastos concretos. Por ejemplo: de la partida presupuestaria que se
denomina “Retribuciones de alcaldía y concejales”, solo se puede pagar
eso: el sueldo del alcalde y de los concejales. Cada apunte, cada gasto
ha de restarse del dinero que existe en cada “saquito”. Un ejemplo:
existe una partida presupuestaria, con dinero asignado (consignado),
para pagar exclusivamente el gasóleo de los vehículos municipales. Y
ningún otro gasto, que no sea ése, se puede pagar de ahí. Solamente el
pleno puede decidir hacerlo. ¿Cómo? Por mayoría: 11 sobre 21.
• Crédito: Queremos decir dinero. Cada partida tiene
consignado un crédito. O lo que es lo mismo, cada “saquito” dispone de
una cantidad concreta de dinero.
• Bases de ejecución del Presupuesto General:
documento que se adjunta al presupuesto y que contiene, para cada
ejercicio, la adaptación de las disposiciones generales en materia
presupuestaria a la organización y circunstancias del Ayuntamiento y de
sus Organismos autónomos.
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