lunes, 23 de mayo de 2016

¿Qué son los presupuestos municipales?

Con el fin de acercar la política municipal con un lenguaje más cercano al de un vecino que no es experto en política vamos a intentar desde Vecinos por Algete explicar en este artículo qué son los Presupuestos Municipales.
 
Los presupuestos municipales son un documento que plantea los Ingresos que se prevén en el año en el Ayuntamiento  y en qué Gastos se invertirán. Los presupuestos los elabora el equipo de gobierno. Primeramente se elabora un borrador, que es entregado a los concejales de la oposición para su estudio y se suele trabajar para lograr conjuntamente el acuerdo en determinados puntos. El presupuesto debe presentarse al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, antes del 31 de diciembre del año anterior. Es decir, que el del año 2016 debió haberse presentado antes del 31 de diciembre de 2015. Por ello, los trabajos de elaboración y entrega de documentación a la oposición debían comenzar durante el último trimestre del año.

Una vez que el gobierno municipal entrega el borrador a los concejales de la oposición, el concejal de Hacienda convoca  una comisión informativa de Hacienda (formada por una representación proporcional de todos los grupos municipales) en la que se da cuenta del borrador, y en la que se debate el contenido. El interventor y la secretaria del Ayuntamiento están presentes en la comisión para aclarar cualquier duda de los participantes.

La comisión emite un “dictamen”, es decir, un documento que explica el sentir de los concejales que están presentes, y los votos a favor y en contra del presupuesto que ha presentado el concejal de Hacienda. En ese “dictamen” se pueden incluir los cambios que se hayan acordado a propuesta de la oposición; pero si las propuestas de la oposición no suman la mayoría de los votos, no se hacen constar en el dictamen.

El alcalde convoca un pleno extraordinario con un plazo mínimo de dos días, desde que el expediente completo está listo y a disposición de todos los concejales. El pleno debate y somete a votación el Presupuesto. Si el pleno lo forman 21 concejales, como en el caso de Algete, la mayoría absoluta decide: 11. Es decir, la mitad más 1 de los miembros de la Corporación, estén o no presentes todos.

Una vez que el presupuesto es aprobado provisionalmente, existe un plazo marcado por la Ley de 15 días (hábiles), para que cualquier ciudadano pueda examinar libremente el Presupuesto, y pueda presentar reclamaciones si lo considera conveniente. Una vez cerrado el plazo para presentar reclamaciones, el concejal de Hacienda debe convocar de nuevo la comisión de Hacienda para estudiarlas. Un informe del Interventor y de la Secretaria explicará las razones técnicas que existen para admitir las reclamaciones o para rechazarlas. En cualquier caso, los concejales del equipo de gobierno pueden aceptar o no las opiniones de los técnicos; pero han de ser conscientes, en el caso de que no las acepten, de que contravienen los principios de legalidad en los que siempre han de basarse tanto el Interventor como la Secretaria.

El alcalde convocará otro pleno para estimar o no las reclamaciones presentadas. Y la mayoría decidirá: 11 sobre 21. Es entonces cuando el Presupuesto estará definitivamente aprobado. Una vez aprobado definitivamente, la ley permite  que se presente un Recurso de Reposición, que consiste en presentar ante el órgano que lo ha aprobado (el Pleno en este caso) un escrito explicando las razones por las que no se está de acuerdo. Los concejales que hayan votado No al presupuesto pueden presentar este recurso. 

Y cualquier ciudadano que haya presentado reclamaciones, y no se las hayan admitido, también. Si el pleno rechaza el recurso de reposición, la Ley aún da otra oportunidad: presentar un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Éste es el proceso, en caso de que los presupuestos salgan adelante, pero puede ocurrir que el equipo de gobierno no cuente con mayoría suficiente para aprobar los  Presupuestos. En ese caso, se prorrogarían los del año anterior, es decir, los de 2015. En el caso de que los presupuestos de 2015 se prorrogasen en 2016 porque la oposición rechace las cuentas para el próximo año, no se daría la misma situación en 2017, dado que entonces la junta local de gobierno podría aprobar directamente las cuentas si en el pleno de la corporación, en el que el gobierno está en minoría, no se alcanza la mayoría necesaria para la aprobación de los presupuestos.

En los presupuestos municipales hay un vocabulario que conviene conocer:

Ingresos: Es la parte del Presupuesto municipal que contiene únicamente las entradas de dinero previstas.
Gastos: Es la otra parte del presupuesto municipal, la que contiene los gastos generales
Capítulos: Son las grandes bolsas en las que se divide el Presupuesto.

En Ingresos hay 9 capítulos, que son:

– Capítulo 1: Impuestos directos (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).
– Capítulo 2: Impuestos indirectos (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
– Capítulo 3: Tasas y otros ingresos (tasas, precios públicos, contribuciones especiales, reintegros de ejercicios anteriores, multas, recargos de apremio, intereses de demora, etc.)
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (dinero que se recibe del Estado).
– Capítulo 5: Ingresos patrimoniales (Intereses de títulos, valores, de depósitos, dividendos y participaciones en beneficios, rentas de bienes inmuebles, productos de concesiones y aprovechamientos especiales, etc.)
– Capítulo 6: Enajenación de Inversiones Reales. Ingresos provenientes de la venta o enajenación de solares, de fincas rústicas, de parcelas sobrantes de la vía pública, viviendas y locales de negocio, etc.)
– Capítulo 7: Transferencias de capital (Ingresos de naturaleza no tributario percibido sin contraprestación destinados a financiar operaciones de capital).
– Capítulo 8: Activos financieros (ingresos procedentes de enajenación de deuda, acciones y obligaciones, reintegro de préstamos, reintegro de fianzas y depósitos).
– Capítulo 9: Pasivos financieros (dinero que se obtiene por préstamos bancarios)

En Gastos hay 9 capítulos, que son:

– Capítulo 1: Gastos de personal (retribuciones, Seguridad Social, gratificaciones, contrataciones, productividad, formación, etc.).
– Capítulo 2: Gastos de bienes corrientes y servicios (todos los correspondientes al funcionamiento general del ayuntamiento: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, programas culturales, programas para la tercera edad, etc. ).
– Capítulo 3: Gastos financieros  (los intereses que se pagan por los préstamos bancarios).
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (por ejemplo, las subvenciones a las asociaciones).
– Capítulo 5: Fondo de contingencia.
– Capítulo 6: Inversiones reales (el dinero que se gastará en obras públicas).
– Capítulo 7: Transferencias de capital (créditos para Geseral)
– Capítulo 8: Activos financieros (adquisición de títulos valores, concesión de préstamos…)
– Capítulo 9: Pasivos financieros. Recoge el gasto que realizan las Entidades locales y sus Organismos autónomos destinado a la amortización de pasivos financieros (préstamos y créditos).

Los gastos también se pueden clasificar por programas o funciones. Es decir, la gestión municipal se divide en grandes áreas, y cada una de ellas tiene unos gastos. Cada programa tiene asignado un número propio y una denominación. 

En el borrador que se nos ha pasado a los grupos municipales del Presupuesto de 2016, algunos ejemplos son:

– 22501: Tasa cobertura incendios Comunidad de Madrid: 630.000€
– 2260603: Formación para el empleo: 0 €.
– 2260901: Actividades lúdico festivas, festejos populares y taurinos:259.833€
– 22609: Actividades lúdico festivas y festejos populares en Sto. Domingo: 9.000€
– 226904: Programa de Prevención violencia de género: 7.629€
– 2260900: Plan Algete Ciudad Educadora: 220€
– 2269901: Campaña Fomento Actividad Comercial: 1.800€
– 91300: Amortización préstamos medio y largo plazo: 2.262.803€

Partida presupuestaria: es el “saquito” que contiene una determinada cantidad de dinero para hacer frente a unos gastos concretos. Por ejemplo: de la partida presupuestaria que se denomina “Retribuciones de alcaldía y concejales”, solo se puede pagar eso: el sueldo del alcalde y de los concejales. Cada apunte, cada gasto ha de restarse del dinero que existe en cada “saquito”. Un ejemplo: existe una partida presupuestaria, con dinero asignado (consignado), para pagar exclusivamente el gasóleo de los vehículos municipales. Y ningún otro gasto, que no sea ése, se puede pagar de ahí. Solamente el pleno puede decidir hacerlo. ¿Cómo? Por mayoría: 11 sobre 21.

Crédito: Queremos decir dinero. Cada partida tiene consignado un crédito. O lo que es lo mismo, cada “saquito” dispone de una cantidad concreta de dinero.

Bases de ejecución del Presupuesto General: documento que se adjunta al presupuesto y que contiene, para cada ejercicio, la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias del Ayuntamiento y de sus Organismos autónomos.

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