Con el fin de acercar la política municipal con un lenguaje más 
cercano al de un vecino que no es experto en política vamos a intentar 
desde Vecinos por Algete explicar en este artículo qué son los Presupuestos Municipales.
Los presupuestos municipales son un documento que plantea los 
Ingresos que se prevén en el año en el Ayuntamiento  y en qué Gastos se 
invertirán. Los presupuestos los elabora el equipo de gobierno. 
Primeramente se elabora un borrador, que es entregado a los concejales 
de la oposición para su estudio y se suele trabajar para lograr 
conjuntamente el acuerdo en determinados puntos. El presupuesto debe 
presentarse al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, 
antes del 31 de diciembre del año anterior. Es decir, que el del año 
2016 debió haberse presentado antes del 31 de diciembre de 2015. Por 
ello, los trabajos de elaboración y entrega de documentación a la 
oposición debían comenzar durante el último trimestre del año.
Una vez que el gobierno municipal entrega el borrador a los 
concejales de la oposición, el concejal de Hacienda convoca  una 
comisión informativa de Hacienda (formada por una representación 
proporcional de todos los grupos municipales) en la que se da cuenta del
 borrador, y en la que se debate el contenido. El interventor y la 
secretaria del Ayuntamiento están presentes en la comisión para aclarar 
cualquier duda de los participantes.
La comisión emite un “dictamen”, es decir, un documento que explica 
el sentir de los concejales que están presentes, y los votos a favor y 
en contra del presupuesto que ha presentado el concejal de Hacienda. En 
ese “dictamen” se pueden incluir los cambios que se hayan acordado a 
propuesta de la oposición; pero si las propuestas de la oposición no 
suman la mayoría de los votos, no se hacen constar en el dictamen.
El alcalde convoca un pleno extraordinario con un plazo mínimo de dos
 días, desde que el expediente completo está listo y a disposición de 
todos los concejales. El pleno debate y somete a votación el 
Presupuesto. Si el pleno lo forman 21 concejales, como en el caso de 
Algete, la mayoría absoluta decide: 11. Es decir, la mitad más 1 de los 
miembros de la Corporación, estén o no presentes todos.
Una vez que el presupuesto es aprobado provisionalmente, existe un 
plazo marcado por la Ley de 15 días (hábiles), para que cualquier 
ciudadano pueda examinar libremente el Presupuesto, y pueda presentar 
reclamaciones si lo considera conveniente. Una vez cerrado el plazo para
 presentar reclamaciones, el concejal de Hacienda debe convocar de nuevo
 la comisión de Hacienda para estudiarlas. Un informe del Interventor y 
de la Secretaria explicará las razones técnicas que existen para admitir
 las reclamaciones o para rechazarlas. En cualquier caso, los concejales
 del equipo de gobierno pueden aceptar o no las opiniones de los 
técnicos; pero han de ser conscientes, en el caso de que no las acepten,
 de que contravienen los principios de legalidad en los que siempre han 
de basarse tanto el Interventor como la Secretaria.
El alcalde convocará otro pleno para estimar o no las reclamaciones 
presentadas. Y la mayoría decidirá: 11 sobre 21. Es entonces cuando el 
Presupuesto estará definitivamente aprobado. Una vez aprobado 
definitivamente, la ley permite  que se presente un Recurso de 
Reposición, que consiste en presentar ante el órgano que lo ha aprobado 
(el Pleno en este caso) un escrito explicando las razones por las que no
 se está de acuerdo. Los concejales que hayan votado No al presupuesto 
pueden presentar este recurso. 
Y cualquier ciudadano que haya presentado
 reclamaciones, y no se las hayan admitido, también. Si el pleno rechaza
 el recurso de reposición, la Ley aún da otra oportunidad: presentar un 
recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Éste es el proceso, en caso de que los presupuestos salgan adelante, 
pero puede ocurrir que el equipo de gobierno no cuente con mayoría 
suficiente para aprobar los  Presupuestos. En ese caso, se prorrogarían 
los del año anterior, es decir, los de 2015. En el caso de que los 
presupuestos de 2015 se prorrogasen en 2016 porque la oposición rechace 
las cuentas para el próximo año, no se daría la misma situación en 2017,
 dado que entonces la junta local de gobierno podría aprobar 
directamente las cuentas si en el pleno de la corporación, en el que el 
gobierno está en minoría, no se alcanza la mayoría necesaria para la 
aprobación de los presupuestos.
En los presupuestos municipales hay un vocabulario que conviene conocer:
• Ingresos: Es la parte del Presupuesto municipal que contiene únicamente las entradas de dinero previstas.
• Gastos: Es la otra parte del presupuesto municipal, la que contiene los gastos generales
• Capítulos: Son las grandes bolsas en las que se divide el Presupuesto.
En Ingresos hay 9 capítulos, que son:
– Capítulo 1: Impuestos directos (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el
 Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre Vehículos de 
Tracción Mecánica y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los 
Terrenos de Naturaleza Urbana).
– Capítulo 2: Impuestos indirectos (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
– Capítulo 3: Tasas y otros ingresos (tasas, precios públicos, contribuciones especiales, reintegros de ejercicios anteriores, multas, recargos de apremio, intereses de demora, etc.)
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (dinero que se recibe del Estado).
– Capítulo 5: Ingresos patrimoniales (Intereses de títulos, valores, de depósitos, dividendos y participaciones en beneficios, rentas de bienes inmuebles, productos de concesiones y aprovechamientos especiales, etc.)
– Capítulo 6: Enajenación de Inversiones Reales. Ingresos provenientes de la venta o enajenación de solares, de fincas rústicas, de parcelas sobrantes de la vía pública, viviendas y locales de negocio, etc.)
– Capítulo 7: Transferencias de capital (Ingresos de naturaleza no tributario percibido sin contraprestación destinados a financiar operaciones de capital).
– Capítulo 8: Activos financieros (ingresos procedentes de enajenación de deuda, acciones y obligaciones, reintegro de préstamos, reintegro de fianzas y depósitos).
– Capítulo 9: Pasivos financieros (dinero que se obtiene por préstamos bancarios)
– Capítulo 2: Impuestos indirectos (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
– Capítulo 3: Tasas y otros ingresos (tasas, precios públicos, contribuciones especiales, reintegros de ejercicios anteriores, multas, recargos de apremio, intereses de demora, etc.)
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (dinero que se recibe del Estado).
– Capítulo 5: Ingresos patrimoniales (Intereses de títulos, valores, de depósitos, dividendos y participaciones en beneficios, rentas de bienes inmuebles, productos de concesiones y aprovechamientos especiales, etc.)
– Capítulo 6: Enajenación de Inversiones Reales. Ingresos provenientes de la venta o enajenación de solares, de fincas rústicas, de parcelas sobrantes de la vía pública, viviendas y locales de negocio, etc.)
– Capítulo 7: Transferencias de capital (Ingresos de naturaleza no tributario percibido sin contraprestación destinados a financiar operaciones de capital).
– Capítulo 8: Activos financieros (ingresos procedentes de enajenación de deuda, acciones y obligaciones, reintegro de préstamos, reintegro de fianzas y depósitos).
– Capítulo 9: Pasivos financieros (dinero que se obtiene por préstamos bancarios)
En Gastos hay 9 capítulos, que son:
– Capítulo 1: Gastos de personal (retribuciones, Seguridad Social, 
gratificaciones, contrataciones, productividad, formación, etc.).
– Capítulo 2: Gastos de bienes corrientes y servicios (todos los correspondientes al funcionamiento general del ayuntamiento: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, programas culturales, programas para la tercera edad, etc. ).
– Capítulo 3: Gastos financieros (los intereses que se pagan por los préstamos bancarios).
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (por ejemplo, las subvenciones a las asociaciones).
– Capítulo 5: Fondo de contingencia.
– Capítulo 6: Inversiones reales (el dinero que se gastará en obras públicas).
– Capítulo 7: Transferencias de capital (créditos para Geseral)
– Capítulo 8: Activos financieros (adquisición de títulos valores, concesión de préstamos…)
– Capítulo 9: Pasivos financieros. Recoge el gasto que realizan las Entidades locales y sus Organismos autónomos destinado a la amortización de pasivos financieros (préstamos y créditos).
– Capítulo 2: Gastos de bienes corrientes y servicios (todos los correspondientes al funcionamiento general del ayuntamiento: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, programas culturales, programas para la tercera edad, etc. ).
– Capítulo 3: Gastos financieros (los intereses que se pagan por los préstamos bancarios).
– Capítulo 4: Transferencias corrientes (por ejemplo, las subvenciones a las asociaciones).
– Capítulo 5: Fondo de contingencia.
– Capítulo 6: Inversiones reales (el dinero que se gastará en obras públicas).
– Capítulo 7: Transferencias de capital (créditos para Geseral)
– Capítulo 8: Activos financieros (adquisición de títulos valores, concesión de préstamos…)
– Capítulo 9: Pasivos financieros. Recoge el gasto que realizan las Entidades locales y sus Organismos autónomos destinado a la amortización de pasivos financieros (préstamos y créditos).
Los gastos también se pueden clasificar por programas o funciones. Es
 decir, la gestión municipal se divide en grandes áreas, y cada una de 
ellas tiene unos gastos. Cada programa tiene asignado un número propio y
 una denominación. 
En el borrador que se nos ha pasado a los grupos 
municipales del Presupuesto de 2016, algunos ejemplos son:
– 22501: Tasa cobertura incendios Comunidad de Madrid: 630.000€
– 2260603: Formación para el empleo: 0 €.
– 2260901: Actividades lúdico festivas, festejos populares y taurinos:259.833€
– 22609: Actividades lúdico festivas y festejos populares en Sto. Domingo: 9.000€
– 226904: Programa de Prevención violencia de género: 7.629€
– 2260900: Plan Algete Ciudad Educadora: 220€
– 2269901: Campaña Fomento Actividad Comercial: 1.800€
– 91300: Amortización préstamos medio y largo plazo: 2.262.803€
– 2260603: Formación para el empleo: 0 €.
– 2260901: Actividades lúdico festivas, festejos populares y taurinos:259.833€
– 22609: Actividades lúdico festivas y festejos populares en Sto. Domingo: 9.000€
– 226904: Programa de Prevención violencia de género: 7.629€
– 2260900: Plan Algete Ciudad Educadora: 220€
– 2269901: Campaña Fomento Actividad Comercial: 1.800€
– 91300: Amortización préstamos medio y largo plazo: 2.262.803€
• Partida presupuestaria: es el “saquito” que 
contiene una determinada cantidad de dinero para hacer frente a unos 
gastos concretos. Por ejemplo: de la partida presupuestaria que se 
denomina “Retribuciones de alcaldía y concejales”, solo se puede pagar 
eso: el sueldo del alcalde y de los concejales. Cada apunte, cada gasto 
ha de restarse del dinero que existe en cada “saquito”. Un ejemplo: 
existe una partida presupuestaria, con dinero asignado (consignado), 
para pagar exclusivamente el gasóleo de los vehículos municipales. Y 
ningún otro gasto, que no sea ése, se puede pagar de ahí. Solamente el 
pleno puede decidir hacerlo. ¿Cómo? Por mayoría: 11 sobre 21.
• Crédito: Queremos decir dinero. Cada partida tiene
 consignado un crédito. O lo que es lo mismo, cada “saquito” dispone de 
una cantidad concreta de dinero.
• Bases de ejecución del Presupuesto General: 
documento que se adjunta al presupuesto y que contiene, para cada 
ejercicio, la adaptación de las disposiciones generales en materia 
presupuestaria a la organización y circunstancias del Ayuntamiento y de 
sus Organismos autónomos.

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