viernes, 19 de septiembre de 2014

La elección directa de alcaldes

Por Sergio Velasco Gigorro

El artículo 140 de la Constitución Española determina que la elección de los alcaldes la hacen los concejales o los vecinos. Pero es la ley electoral de 1985 la que determina que el alcalde sea el candidato más votado en el pleno municipal; es decir, en la práctica al alcalde de un municipio lo eligen los concejales a los que previamente han votado los ciudadanos en listas cerradas. Es este el principal aspecto que el Partido Popular quiere modificar ahora, a pocos meses de las elecciones municipales de 2015: buscar una elección directa del alcalde, al margen de los pactos postelectorales entre las distintas candidaturas que obtengan representación, reforma que cuenta con la lógica oposición frontal del resto de fuerzas políticas.

El Partido Popular apuesta por un mecanismo de elección que garantice la Alcaldía al candidato que obtenga un porcentaje elevado de los votos, del 40% y una ventaja clara y apreciable con respecto a la segunda fuerza más votada, en principio superior a cinco puntos. Esta propuesta no establece por defecto la segunda vuelta, sino que solo sería partidario de recurrir a ella si el partido más votado no alcanza el 40% de los votos, aunque tampoco se cierra a discutir implantarla. A este partido ganador se le daría automáticamente la mitad más uno de los concejales, es decir, la mayoría absoluta. De este modo, se impediría que un acuerdo de otros partidos acabe desplazando a la lista más votada. El resto de concejales se repartirían entre los demás partidos siguiendo la fórmula proporcional de la ley D’Hondt. Hay que recordar que, actualmente, se exige a un partido o agrupación sumar al menos el 5% de los votos para poder tener representación en los ayuntamientos, y nada se ha dicho de alterar ese umbral. 

El PSOE se opone a la reforma electoral que sugiere el PP, por proponerla a pocos meses de unas elecciones y sin poner como condición imprescindible el consenso con otros partidos. Aunque también es cierto que la idea de la elección directa de alcaldes ya la propusieron ellos en el Congreso en 1998 y la incluyeron en sus programas electorales para las elecciones municipales de 2003 y en las generales de 2004. Los socialistas plantearon durante el gobierno de Zapatero la elección directa de los alcaldes en votación diferente pero simultánea a la de los concejales, en un sistema de doble vuelta que reforszase la gobernabilidad de los ayuntamientos. A la segunda vuelta de estas elecciones irían solo los cabezas de lista de las formaciones que hubieran obtenido más del 15% de los votos en la primera vuelta. En 2004, también abogaban por desbloquear las listas electorales y reconocer al elector la facultad de expresar una o varias preferencias entre los candidatos de la lista elegida. 

UPyD ya llevó en su programa electoral de 2011 la elección directa del alcalde. La propuesta de UPyD pasa por la elección directa del alcalde por los ciudadanos en dos vueltas en caso de que ninguno haya obtenido la mayoría absoluta -es decir, más del 50% de los votos- en la primera votación. En la segunda vuelta se elegiría entre los dos candidatos más votados. 

CiU ya lo contemplaba en su programa de las generales de 2011, en el que abogaba por una transformación de los hábitos electorales españoles: un sistema electoral mixto -inspirado en el alemán-, en el que cada elector emite dos votos: uno para elegir la lista única propuesta por cada partido; y otro para elegir a un candidato individual en cada distrito -esta propuesta dividiría los municipios en distritos electorales-. Sobre el papel, este segundo voto tiene como gran ventaja que propicia una relación mucho más personal y estrecha entre el candidato que se presenta en el distrito ante sus votantes, lo que le independiza, al menos en teoría, de la disciplina de partido para pasar a rendir cuentas principalmente a sus vecinos. 

Desde Vecinos por Algete rechazamos la nueva reforma electoral que pretende sacar a la luz el Partido Popular, por la cual la candidatura más votada en unas elecciones municipales será la que consiga la alcaldía. Entendemos que esta reforma de la Ley Electoral es de dudosa constitucionalidad y se utilizada de forma partidista, porque implanta una especie de sistema presidencialista sin verdadera elección directa de alcalde que elimina la alternativa para que los partidos no mayoritarios puedan gobernar, lo que vendría a cerrar el camino de diferentes opciones políticas votadas por la ciudadanía

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